EDITADO. En este post hice un planteamiento erróneo del mecanismo de recuperación de puntos. Mis disculpas.
Los dos años, ¿se cuentan para todo el mundo a partir del 1 de junio de 2006?. Yo pensaba que los dos años empezaban a contarse para cada persona en concreto a partir de que le hubieran quitado los puntos (en firme). Entonces, una persona a la que le quitan los puntos en firme el 30 de mayo de 2008, ¿al dia siguiente, 1 de junio, los recupera?. No lo entiendo.
La recuperación automática de puntos sólo procederá cuando, dentro de esos periodos de 2 ó 3 años, no se hayan perdido todos. Siguiendo tu ejemplo, si el 30 de mayo de 2008 has perdido 10 puntos como consecuencia de, por ejemplo, 5 infracciones graves de 2 puntos cada una, el 1 de junio se recuperarán enteros. Saludos.
Ese es otro de los motivos por los que siempre hay que recurrir las multas: porque hasta que no son firmes no hay retirada efectiva de puntos, y eso ayuda a su recuperación siempre que se hayan perdido o todos o casi todos.
Bel, echame una mano anda. Yo, por injusticias, tengo 8 puntos. No porque me hayan "pillado". EL tema es que yo hacíalos tres años de carnet a finales de julio del 2006, entonces tal como reza la ley hasta 1 julio de 2008 no tendría 12 puntos, pero... lo que yo digo es... ¿Porqué al no llevar 2 años sin cometer infracciones no me dan 2 extra, tal como aparece en la Ley? Un saludo
Yo tenía entendido que recuperabas los puntos perdidos 2 años a partir, o bien de la fecha de infracción, o bien de la fecha en la que la sanción es firme en la via administrativa...:confused::confused::confused: Es así o estoy confundido??
Segun yo tengo entendido, lo que que obtienes desde la fecha de entrada en vigor del carnet por puntos son 3 puntos adicionales a los 12 que ya tienes, si en ese tiempo no has cometido ninguna infraccion. Es decir que los que tenga 12 puntos tras dos años, pasarán a tener 15 puntos. Y luego si pasas dos años desde la ultima infraccion sin tener nada recuperas los puntos (si no son muy graves). :[question]
Porque el primer cómputo de 2/3 años es a partir de la entrada en vigor del nuevo sistema el 1 de junio de 2006: todo lo anterior no cuenta. Saludos.
Pues siento disentir, pero no es así. El texto del BOE dice literalmente: Igualmente, quienes mantengan la totalidad de los puntos al no haber sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones, recibirán como bonificación dos puntos durante los tres primeros años y, un punto, por los tres siguientes, pudiendo llegar a acumular hasta un máximo de quince puntos en lugar de los doce iniciales.
no tienes porque sentir disentir, se agradece la correccion porque asi que aclarado ese tema. No son tres tras los dos años, sino 2 tras tres años y luego uno mas tras tres años mas entonces. Mas dificil de lo que pensaba aun.
Totalmente de acuerdo con vosotros Bel Maseto, Carlos y Nuvolari. Para algunos será como el maná del cielo. ¡¡¡¡¡¡ 12 points ¡¡¡¡¡¡ Saludos
Dos años a partir de la pérdida e firme. Si cometiste la infracción el 1 de agosto de 2006, por ejemplo. Vas a la jefatura y la pagas el 10 de agosto. Te anotan la pérdida de puntos. y el 10 de agosto de 2008 recuperas esos puntos, siempre que no sea muy grave la infracción. No se recuperan los puntos a los dos años de la entrada en vigor de la norma.
A raíz de este comentario de Josche, he vuelto a analizar el tema y he de rectificar: la recuperación de los 12 puntos iniciales se produce sólo como consecuencia del transcurso del plazo de dos años desde la última infracción grave con pérdida de puntos, si en ese periodo no se comete ninguna otra infracción que conlleve a su vez una nueva pérdida de puntos; si la última fue muy grave, el plazo es de tres años. Por tanto, no existe ese mecanismo de puesta a cero a que aludía en mi post original; obviamente, me equivoqué. Mis disculpas, pues. Saludos. P.S. Para evitar confusiones, edito el post inicial.
Mas o menos es lo he habia dicho yo en el post nº 6 de este hilo...rectificarme si no estoy en lo cierto