Acceso motorizado al medio es una de sus competencias por la cual te pueden sancionar, hasta donde yo sé. Te pueden sancionar por circular por zonas donde está prohibido o no habilitado, dentro del medio natural. Obviamente infracciones de tráfico no está dentro de sus competencias, eso si que es competencia exclusiva de fuerzas y cuerpos de seguridad. A ver que nos cuenta Oscar, yo desde 2009 que no trato con ellos ya y estoy desconectado si ha cambiado algo. De todas maneras por la zona del macizo del Garraf, las multiples motos sin matricular que corrían por la zona pasaban de ellos olimpicamente, al igual se paraban si les daban el alto. Con un Terrano no tienes nada que hacer con una moto de enduro o trial y como no apunten la marca del mono poco más puedes hacer. De los mossos de medio ambiente tb se habían dado a la fuga en numerosas ocasiones. Enviado desde mi LG-D620 mediante Tapatalk
Entiendo que siendo en esa carretera la única denuncia que podrán hacer es voluntaria que tiene fácil recurso. Es como si yo voy a una comandancia y te pongo una denuncia por conducción temeraria. De hecho, no se hasta que punto es una usurpación de funciones públicas (que esto si que es un delito) que un agente forestal te identifique y te amenace con denunciarte en una carretera que no es de su competencia. Saludos.
En el nº165 de la revista "Total911" publican una comparativa entre el 991 GT3 Touring y el 964 RS: "Blood Brothers" (hermanos de sangre) es el título de la comparativa. Poco más se puede decir. Un saludo.
Vooyyy...... Me dice que en Cataluña efectivamente tienen rango de autoridad y potestad para denunciar en cualquier espacio que forme parte de un PEIN (Plan de espacios de interés natural), incluidas carreteras comarcales. Pueden hacer propuesta de denuncia con práctica de pruebas y pasarlo a servicios jurídicos para que decidan sanción. Perooooo a la práctica no queda en nada porqué no llevan medidores ni de velocidad ni de decibelios, ni de nada y por el único lado que podrían dar por el saco es por conducción temeraria, pero como tienen una situación laboral diríamos que compleja (muchas horas y poco sueldo en general), no suelen complicarse la vida con estas historias. S2.
Gracias por las aclaraciones de primera mano. Supongo que en otras comunidades funcionará de una manera muy parecida. A mi me contaron que a veces levantan actas y el departamento de agricultura, ganadería y pesca muchas veces ni las llega a tramitar, por lo tanto jamás llega la notificación de la sanción. Salu2 Enviado desde mi LG-D620 mediante Tapatalk
Pues me dejas sorprendido, lo único que veo es que quizás por donde íbamos nosotros siempre no era parque natural como puede ser el Montseny y quizás en esa zona, como dice tu compañero, no tendrían autoridad... Por que vamos, si la hubieran tenido nos hubieran pelado muchísimo más, que también puede ser lo de que, en vistas de el éxito de el trabajo, pasen un poco de el tema.
Ahí está el tema, si están fuera de PEIN entiendo que la autoridad es otra, aunque siempre pueden llamar a un cuerpo policial como cualquier ciudadano de a pie. No obstante me ha dicho que como norma general llaman a los Mossos cuando detectan algún comportamiento sancionable pero que no pueden actuar "in situ". Como ejemplo mi familiar que es un quemao del motor, me ha dicho que muchas veces oye motores a saco por la zona del Montseny...... pero que el pasa del tema. Si te cazan de lleno haciendo el cabra, ellos deciden si tramitan la sanción o llaman a Mossos para que lo hagan, pero insisto que su actividad principal es cuidar el bosque, los ríos, etc... y sobre todo donde más trabajo hacen, es en el tema de prevención de incendios.
No obstante insisto que para sancionar una infracción de tráfico en carretera ellos siempre llaman a los Mossos, entre otras cosas porqué es poco habitual verlos a pie de carretera como comentaba Galvez al abrir esta cuestión y sobre todo por lo comentado en cuanto a radares, sonómetros, etc... que de eso no llevan.
En mi comunidad, Castilla y Leòn, los forestales es raro que incordien a nadie, son bastante razonables, al igual que el Seprona que son guardias civiles, a la vez que expertos pilotos de enduro. Mi experiencia de muchos años circulado con un ATV por el monte ha sido muy satisfactoria tanto con Guardia Civil como Agentes forestales. No puedo decir lo mismo de ciclistas, cazadores y deportistas, que si te ven con un vehículo por el monte te consideran un delincuente, y eso que generalmente tienen un absoluto desconocimiento de la Ley de montes. Con esto, solo quiero decir que has tenido bastante mala suerte de coincidir con un par de forestales amargados, porque no es lo habitual. Estoy casi seguro de que no te va a llegar ninguna sanción.
En Aragón la GC de carretera multan, me multaron por no indicar un adelantamiento con el intermitente saliendo de Motorland este año, los llevaba detrás y no los había visto. Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Aquí ya lo ha comentado Belma,NO tienen competencias en materia de Tráfico,denuncia voluntaria como si tú se la quieres poner a ellos por que van volando con el land Rover..
Te lanzo pregunta ¿Y un militar te puede multar por infracción de tráfico? Espero respuesta y te comento. S2.
La Policía Militar sí, por ejemplo cuando acompañan a un convoy militar ( tanques, camiones , etc ), y están ejerciendo labores de regulación de tráfico y casos parecidos. Un saludo .
No me refiero a la Guardia Civil, no hay truco , me refiero a los otros militares, quienes no tienen cedida la regulación del tráfico pero si pueden multarte como dice Luis en acompañamiento de un convoy y por ejemplo, en el perímetro de seguridad que hay alrededor de cualquier instalación militar, como en un cuartel. Es decir, para los de Bcn, las calles adyacentes al cuartel del Bruc en pleno Pedralbes son territorio donde los militares nos pueden multar por hacer el ganso. En cualquier caso hay que aclarar un tema importante, los procedimientos sancionadores empiezan con una denuncia y a eso es a lo que nos referimos todo el rato, ya que después viene el procedimiento corresponiente y a continuación la multa. Es decir, denunciar puede hacerlo cualquiera (un particular) tenga competencias o no y luego veremos si el procedimiento admite que haya sanción o no. S2.