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Consulta sobre cambio de nombre 964

Tema en '911' comenzado por GROLIER, 28/11/11.

  1. GROLIER

    GROLIER Senior

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    Buenas!

    Bueno, ya sabeis que estoy buscando 964, en ello estoy....

    la cuestión es que estoy mirando seguro, papeleo y demás, y a través de mi gestoría estoy mirando para poder hacer el cambio de nombre.

    Me comenta que a la hora de hacer el cambio de nombre, lo pueden considerar vehículo de alto standing, y que me podrian pedir el 5% de impuesto de transmisiones, en base a valor de compra-venta.

    Puede ser cierto? cual es vuestra experiencia? Yo cuando he echo algún cambio de nombre de coche nunca me encontrado en este caso...... he pagado tasas de tráfico y ya está....

    gracias por las respuestas...
     
  2. marce

    marce Soloporschista

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    ¿Alto standing?:Rolling On The Floor Laughing::Rolling On The Floor Laughing::Rolling On The Floor Laughing:
    Los de la gestoría no serán amigos tuyos y te estan gastando una broma.......
    Cambio de nombre de un vehículo en tráfico con más de 10 años: dni del comprador y del vendedor, itv pasada, 48 euros y nada más....... :beer::beer:
     
  3. marce

    marce Soloporschista

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    Además, si te quedas con el mío, ya pago yo el cambio de nombre...:handshake::handshake:
     
  4. 964americano

    964americano Senior

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    Si, yo hace 4 años que lo compré pero no me costó más 60.-Eur. (el cambio de nombre claro!) :Rolling On The Floor Laughing:
     
  5. GROLIER

    GROLIER Senior

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    gracias a todos...

    si, es lo que yo me imaginaba, pero por si a caso preferia preguntar...

    sigo con la busqueda 964.......
     
  6. marce

    marce Soloporschista

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    Si buscas automático , no pierdas el tiempo y quedate con el de francescnuria, está muy, muy bien, y a un precio interesante....
     
  7. javier_gl

    javier_gl Usuario ++

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    Hola a todos

    En Cataluña creo que los vehículos de más de diez años están exentos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, pero en las demás autonomías no (no sé si hay alguna más con esa exención), por lo que, si no resides en Cataluña, tendrías que pagar el 4% del valor que figura en las tablas de Hacienda para ese vehículo (yo pagué religiosamente hace unos meses en Madrid por la transferencia de un Mercedes con 20 años).

    Normalmente, los vehículos de más de 15 años no suelen aparecer en las tablas, por lo que el impuesto se pagaría sobre el valor reflejado en el contrato de compra-venta.

    Por cierto, el impuesto lo pagan todos los vehículos, sean de alto, medio o bajo standing :):)
     
  8. GROLIER

    GROLIER Senior

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    si, ya lo estoy valorando, pero estamos hablando, a ver si podemos llegar a algún acuerdo. Hay alguna "cosilla" que temos que mirar.

    saludos.....
     
  9. marce

    marce Soloporschista

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    Perdón si he metido la pata , en bcn exento , fuera de cataluña no lo sé....:bandera blanca::bandera blanca:
     
  10. 964americano

    964americano Senior

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    Glups... yo como Marce... jeje

    Saludos,
     
  11. JLDIEZ

    JLDIEZ Senior

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    hola chicos el cambio de nombre se paga el 4% EN HACIENDA DE LO QUE ESTA EN TABLAS QUE DE ESE COCHE MAS O MENOS SERÁN DE UNOS 4800 EUROS MAS MENOS, TIENES LOS CABRITOS UNA TABLA QUE YA DE HAY NO BAJA EL MIO SIN IR MAS LEJOS UN 964 C4 CABRIO AÑO 90 ME PENSABA QUE YA DESPUÉS DE TANTO TIEMPO NO VENIA NI EN TABLAS , PUES SI SI QUE VIENE, RESUMIENDO EL 4% en hacienda y luego fotocopia dni comprador y vendedor,fotocopia ficha técnica por ambas caras con itv en vigor, y permiso de circulación original , te recomiendo ademas que antes de comprar el coche te sacaras un informe de trafico pues ya no es necesario llevar el numerito ayuntamiento y ademas compruebas que se pueda trasferir , es una cosa que casi nadie hace y no veas los marrones que a veces hay , bueno un saludo
     
  12. loloviz

    loloviz Soloporschista

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    Me suena que de este tema se ha hablado ya varias veces.

    Pero, en resumen, es como te han dicho varios foreros: el Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD), en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO), cuando se trata de vehículos, se paga el 4% sobre el valor real del vehículo que se transmite. Como Hacienda no conoce el valor real, que podría ser de difícil prueba, cada año se publica en el BOE una Orden Ministerial que establece los premios medios de venta de vehículos en general y embarcaciones, con unos porcentajes de depreciación en función de antigüedad, conocidas como tablas de hacienda. Suelen ser muy exhaustivas, pero no figuran todos todos los vehículos y variantes.

    Lo sensato es reflejar el valor que resulta de aplicar esas tablas; y si no figura el modelo en cuestión, mi criterio es hacerlo por aproximación. Si reflejas ese valor no tendrás problemas; si por querer ahorrar reflejas un valor inferior, puede Hacienda abrirte expediente sancionador, con recargos, intereses, etc.

    Ese valor es el que ha de figurar en el contrato de compraventa que has de presentar en Hacienda a la hora de liquidar ese impuesto.

    Si el precio que pagas es superior, mi consejo es que no reflejes en el contrato de compraventa que presentas en Hacienda el precio real, sólo el que figura en tablas.:Thumb:

    Por último, como te han comentado otros foreros, al tratarse de un impuesto cuya gestión ha sido cedido a las Comunidades Autónomas, hay algunas Comunidades Autónomas, como Cataluña, que han establecido exenciones en el pago de dicho impuesto cuando se trata de vehículos con más de 10 años de antigüedad desde la 1ª matriculación o desde la fabricación. Pero ojo que en mi opinión han de vivir las dos partes, comprador y vendedor, en la Comunidad en cuestión; yo, que vivo en Madrid, compré un 964 en Barcelona y pagué el ITP al 4%.

    :[amen]
     
  13. madroñal

    madroñal Senior +

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    pues yo hace dos meses aqui en sevilla page por el mio que tenia 10 años y 5 meses 613e por la transferencia que fue mi hermano ha hacerla con lo que no tube gastos de gestoria .
    conque ya sabes depende de donde la hagas cuesta
     
  14. chilin

    chilin Soloporschista

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    Buenas. En Catalunya, los vehículo con más de 10 años estan exentos de pagar el ITP siempre y cuando el valor de venta en su momento (p.Ej 1991) no fuera superior a 40.000eur.y no esté matriculado como Histórico. Por lo que hace poco, hice c/n de un 993 rematriculado y aunque puse fecha de primera matriculación de 1996, miraron en listado y vieron que el valor de venta en 1996 era superior a los 40.000 e hicieron pagar.
    A parte, no hay dinerito en las arcas y.....:[blah]

    Saludos.

    P.D., esto en Catalunya, cada autonomia es una historia...
     
  15. cesarsim

    cesarsim Soloporschista

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    No es que te lo puedan cobrar es que te lo van a cobrar, si o si. A no ser que esté a nombre de una persona jurídica tal cual es p. ej. un compraventa y sea el IVA. Que, salvo te indiquen, irá incluído en el pvp. El precio para calcular ese 4% se publica en el BOE hacia fin de año. Ahora esta en vigor el publicado en diciembre 2010, no recuerdo el día, pero se llama impuesto sobre determinados medios de transporte más o menos. Allí te explica el procedimiento.

    Pero vamos, en una gestoría, tardan cerocoma en hacértelo. Calcula de eso unos 400 €, a ojo.
     
  16. marce

    marce Soloporschista

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    No entiendo.....:[question]:[question] Un 964 del 92, comprado en marzo 2011, su valor real en el 92 más o menos 12 kilos ,...
    Me cobraron en tráfico, 48 euros, nada más, itv en vigor, impuesto del año 2010 porque 2011 todavia no lo habían enviado,dos dni, y unas horas perdidas.....
     
  17. bahia

    bahia Senior

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    El impuesto lo paga el comprador por lo que supongo que es suficiente que este resida en Cataluña.
     
  18. GROLIER

    GROLIER Senior

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    heyeeeyyyyy!!! gracias a todos.....:pillow biter

    bueno, por lo que entiendo, en catalunya está exento este impuesto, y en el caso hipotético que lo pidieran tampoco será una clavada, si es el 4% de +- 20.000 son 800 euros, no nos iremos a 4 o 5000 euros....

    bueno, sigo con la busqueda......
     
  19. chilin

    chilin Soloporschista

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    Actualmente, se fijan más. Ojo, la mayoria de coches, aunque sean de alta gama, si llevan la matrícula original, como en pantalla ven p.ej B-xxxx-NJ, pues ni se fijan, pero basta que esté rematriculado con xxxx-CCC, para que comprueben marca y precio en su dia y si procede, te hagan pagar. Como todo, depende de quien te coje el trámite.
    Igual que los históricos, ahora están reclamando a muchos de los que he hecho incluso habiendo pagado, porque dicen que se liquidó menos del precio de mercado, ya que no hay listas de un "triumph TR3" por ejemplo y no te lo pierdas, cojen precios de revistas tipo motor clásico etc...
    Esta la cosa muy achuchada y están a la que salta.
    Por suerte, los últimos que he hecho (964's) han ido saliendo bien

    Saludos.
    P.D. y en Catalunya es un 5%, no un 4.....:[blah]
     
  20. 1969.carrera

    1969.carrera Historiador Porsche.

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    ¿en cataluña también se paga si es de padre a hijo?:[question] hablo de un 964.saludos