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Denunciado por superar en 1 km/h el límite permitido para adelantar

Tema en 'Circulación y Seguridad Vial' comenzado por nan8, 24/5/10.

  1. Monty

    Monty Usuario +

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    Yo llevo 2 parecidas a éste caso y a palmar al final
     
  2. Powerful

    Powerful Usuario ++

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    Ja, ja, ja,
    Leo y no me lo creo. ¿En serio te han desestimando el recurso porque la vía está señalizada a 100?
    Es que me parto, mira que el servei de transit confunda la velocidad genérica con la prevalente. ¿Y esos son los que nos controlan?
    Y si, es 100 + 20.
    Un saludo.
     
  3. Agus964

    Agus964 Soloporschista

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    Te han desestimado el recurso? puf, cada dia flipo más con los inenptos que tenemos aqui, ojala tuviesemos un sistema vial como el alemán.


    Saludos
     
  4. nan8

    nan8 Usuario +

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    Hoy he dejado en el Servei el nuevo recurso. Ya os contaré.

    Saludos.:[question]
     
  5. Mossio

    Mossio Senior

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    No creo que sean ineptos. Más bien creo que siguen precisas consignas de sus superiores.

    No tienen ni un Euro, están al borde de impagar los salarios en algunas administraciones públicas, y doy por seguro que tienen instrucciones en este y en otros organismos con capacidad recaudatoria para denegar tantos recursos como puedan, por incoherentes que sean los argumentos.

    El objetivo es claro. Muchos recurren la primera vez, menos recurren la segunda, y en el conjunto de todo el proceso consiguen agotar a muchos que finalmente pagan, consiguiendo recaudar.

    Esta política aplicada de forma masiva por importes "menores" 100 a 200 Euros, hace que muchos desistan de recurrir hasta las últimas consecuencias y les proporciona una recaudación extra y muy importante, dadas las circunstancias .
     
  6. AlfonsoICM

    AlfonsoICM Nuevo Usuario

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    Artículo 51. Velocidades máximas en adelantamientos.
    1. Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano sólo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas (artículo 19.4 del texto articulado).

    artículo 19.4: . Las velocidades máximas fijadas para las vías rápidas y carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano, solo podrán, ser rebasadas en 20 kilómetros por hora, por turismos y motocicletas, cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas.


    A mi me denegaron un recurso igualmente, carretera convencional, permitido adelantar (realmente lo estaba haciendo) y un limitación de 60 km/h, que no vi por no estar la señal duplicada al lado izquierdo (comprobe que no es obligatorio), pero yo pase a 92 y exigi que se sancionase por la diferencia entre 80Km/h y 92 km/h (no 60 Km/h). Arriba os dejo los artículos (donde dice que la limitación específica no es rebasable?, ¿por qué todos decis que la específica no se puede superar? La carretera no es considerada urbana sino estaría necesariamente limitada a 50 km/h ¿no?

    Gracias!!!
     
  7. AlfonsoICM

    AlfonsoICM Nuevo Usuario

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    Por cierto!!! ¿Por cuanto podría salir la broma de las costas en un contenciose-administrativo al tratarse de una sanción de 140 euros?


    Gracias!!!
     
  8. BITER

    BITER Senior

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    Me parece injusta la denuncia, pero el cinemómetro salta cuando rebasas los límites de tolerancia permitidos. A mi me denunicaron por sobrepasar a 131 en una vía de 120, la recurrí y pedi el certificado de verificación técnica, y la foto y no me mandaron nada salvo tres folio escritos para en pocas palabras decirme que me la comia con patatas, sin prueba alguna, me reitero sin prueba alguna. Era un radar fijo. Lo del contecioso creo que debes de ir con abogado y procurador si no me equivoco, previsión de fondos, honorarios etc... ¿ Te salen las cuentas? A mi con la razón en la mano y sin pruebas en mi contra no me salian. Es injusto pero creo que te puede costar mas el collar que el perro, tu mismo valoraras. Un saludo y ánimo
     
  9. Lastleader

    Lastleader Soloporschista

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    Así es...

    Así es . Y yo, este verano, actúo en consecuencia. Circulo a 145-50 como tope por autopista....si me pillan pues " pago" el exceso y a otra cosa. He circulado mucho ..y suerte quizás pero nada de nada...he tropezado con coches de mossos..pero como voy oteando el horizonte..cuando los veo, intuyo ó imagino..pués eso, levanto el pié y enseguida me pongo en 120.
    Last
     
  10. ALQUIMES

    ALQUIMES Senior +

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    No puedo estar mas de acuerdo, aunque sea triste reconocerlo ni te imaginas cuanta razón tienes.