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Traer Porsche de Alemania

Tema en 'Foro general Porsche' comenzado por Keopsandner, 6/1/20.

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  1. Coupex

    Coupex Usuario ++

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    Si vas al Inta y homologas por qué no vas a poder? Al menos los que cumplan Euro VI deberían poder ser matriculados.

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  2. dinio

    dinio Soloporschista

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    Esos ya los daba por aclarados por que creo que está más que hablado en el foro.
     
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  3. dinio

    dinio Soloporschista

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    No obstante, una homologacion unitaria debería servir para matricular cualquier coche, pero en España ya sabes, interpretamos y legislamos como nadie...
     
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  4. jbergas

    jbergas Porschista

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    Hola , tengo unas dudas sobre comprar un coche en Alemania, ¿ me podéis confirmar las diferentes opciones de impuestos comprando yo como particular ?

    1- Comprando a un compraventa alemán y el coche tiene el iva deducible: Impuesto matriculación
    2- Comprando a un particular alemán : Impuesto matriculación + ITP
    3- Comprando a un compraventa alemán y el coche NO tiene el iva deducible: impuesto matriculación + ?????

    Saludos
     
  5. cesarsim

    cesarsim Soloporschista

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    Si, claro. Siempre.
     
  6. jbergas

    jbergas Porschista

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    Me interesa el caso 3 que no lo tengo claro, y saber si los puntos 1 y 2 son correctos lo que he puesto.
     
  7. BelMa

    BelMa Administrador Miembro del Equipo

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    1- Comprando a un compraventa alemán y el coche tiene el iva deducible: Impuesto matriculación

    Sí, pero sólo cuando el comprador tiene NIF intracomunitario: si es un particular, pagará allà IVA alemàn.


    2- Comprando a un particular alemán : Impuesto matriculación + ITP

    Correcto. Advertencia: ITP según valor de compra, no de Tablas.


    3- Comprando a un compraventa alemán y el coche NO tiene el iva deducible: impuesto matriculación + ????

    Sólo impuesto de matriculación: si vende un profesional te está vendiendo por IVA, aunque en modalidad REBU
     
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  8. jbergas

    jbergas Porschista

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    Gracias Xavier:Thumb: aclarado
     
  9. cesarsim

    cesarsim Soloporschista

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    Me refería a que siempre hay que pagar matriculación. El resto te lo aclaró BelMa.
     
  10. oscar 4S

    oscar 4S Soloporschista Real Estate

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    En el caso de compra entre particulares en Spain, el ITP ¿se paga por tablas o por valor de compra? Entiendo que de tablas pero necesito confirmar el tema.
     
  11. javiervcia

    javiervcia Usuario ++

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    Tablas y valor de compra... la cantidad más alta de entre las dos

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  12. oscar 4S

    oscar 4S Soloporschista Real Estate

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    Eso lo tienes claro? En los simuladores siempre cogen valor de tablas, por eso pregunto.
     
  13. javiervcia

    javiervcia Usuario ++

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    En Valencia si, si el valor de compra son 15000 y las tablas dicen que 11000 pagas por 15000

    Y al reves igual, valor de compra 11000 y tabla 16000 entonces pagas por 16000

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  14. jmv

    jmv Soloporschista veterano

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    EL ahorro cuanto más joven sea el coche menor es. Revisa bien las cuentas no te vayas a llevar un chasco.
     
  15. javiervcia

    javiervcia Usuario ++

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    Yo compre el mio en Alemania en enero, de hecho es el cuarto que compro y siempre genial, teniendo en cuenta ciertos parametros pero muy bien.
    He pasado por todas las situaciones, ir yo a por el y bajarlo, comprarlo aquí pero buscando yo la unidad.
    De hecho, este último, un cayenne S de 2014 tenía uno localizado en Alemania y otro en Vizcaya, mismo año, precio incluso similar, el español disponibilidad inmediata , el alemán unos 30 días d espera.... y me espere y compre el alemán. Con eso te lo digo todo

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  16. girarcat

    girarcat Senior

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    Yo importé mi 718 también desde alemania a principios de este año a través de DriverCarsBCN.

    Les comenté que buscaba un 718. Ellos buscaron varias unidades en concesionarios oficiales conocidos por ellos pero no me convencían. Entonces encontré yo otra que me encantó por estética y equipamiento y les pregunté si me podían traer esa. Indagaron un poco sobre el concesionario que lo vendía y sobre el vehículo en cuestión y tras verlo todo OK me lo importaron (el coche tenía aun unos meses de garantía de fábrica, había sido vehículo de gerencia del propio concesionario).
    Entre pitos y flautas el precio del vehículo se encareció unos 10.000€ por encima del precio del anuncio alemán (tasas, matriculación, transporte en camión asegurado, sus honorarios, etc.). Aun así terminó siendo un precio justo para un coche de año y medio y 12.000km con más de 30.000€ de equipamiento. En España había algún modelo con kilometraje y antigüedad similares unos pocos miles de euros más baratos, pero todos ellos con mucho menos equipamiento, por eso me decidí por el alemán. Muy contento con DriverCars, lo gestionaron todo de forma rápida y efectiva y en dos semanas tenía el coche en casa. Incluso se hicieron cargo de hacer una copia de la llave ya que el concesionario alemán se olvidó de incluir la 2a llave.

    Como puntos negativos de la experiencia en sí, pues básicamente lo de que se olvidasen la 2a llave los alemanes (solventado de forma efectiva por los chicos de DriverCars) y que en el anuncio alemán ponía que el vehículo tenía 10.000km pero al llegar marcaba 12.000km. Imagino que al ser de gerencia, durante el tiempo que estuvo anunciado, el dueño del concesionario siguió utilizándolo de vez en cuando. Nada importante pero claro, al comprar así siempre se está asumiendo algún riesgo. El hecho de tener garantía oficial me daba mucha tranquilidad y también que en DriverCars me aseguraron que si el coche llegaba y en vez de estar impecable como aseguraba el alemán tenía algún desperfecto en pintura, llantas, etc. ellos mismos se harían cargo de arreglarlo antes de entregármelo.
     
    Última modificación: 4/9/20
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  17. delbrin

    delbrin Soloporschista

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    En mi caso estoy buscando tambien un Boxster 981 S, aquí hay muy buenas unidades de algún forero pero se me van de precio, la oferta en Alemania es muy amplia y en este caso si creo que podría haber un ahorro.
     
  18. loloviz

    loloviz Soloporschista

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    Oscar, la Ley que regula el ITP (y AJD) es clara: la base imponible del impuesto está constituida por el valor real del bien transmitido, o del derecho que se constituya o ceda.

    La Orden Ministerial que publica a finales de cada año el Ministerio de Economía y Hacienda lo que establece son los precios medios de venta aplicables a la gestión de varios impuestos, entre ellos el ITP en la compraventa de vehículos y embarcaciones.

    Empiezan esas Ordenes Ministeriales siempre diciendo lo mismo:

    "El artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, establece como uno de los medios para la comprobación de valores el de precios medios en el mercado, que se ha considerado como idóneo para la comprobación de valores de los medios privados de transporte, aprobándose para cada ejercicio una Orden ministerial en la que se han recogido los precios en el mercado no solo de los automóviles de turismo, vehículos todo terreno y motocicletas, sino también los de las embarcaciones de recreo."

    Lo que nos remite al sistema de comprobación de valores, si hacienda no se cree el valor que le has declarado y quiere girar el impuesto por lo que considera debe ser el valor real.

    Todo este rollo para decir lo siguiente: el impuesto ha de girarse sobre el valor real. Si tu valor real (lo que has pagado al comprar el coche) es superior al precio medio de venta fijado en la orden, pues deberías tributar por el valor real. A la inversa: si tu valor real es inferior al precio medio, deberías tributar por el valor real. En el primer caso, Hacienda encantada; en el segundo caso, no, y podrían girarte una liquidación complementaria aplicando como base imponible del impuesto el precio medio de venta, exigirte la diferencia con recargos, sanción, intereses, etc.; y tu defenderte sosteniendo que el que has aplicado es el verdadero valor real, irte al económico administrativo y luego al contencioso, etc.

    Con lo cual, ¿qué ocurre?: que si pones el precio medio de venta te dejan en paz. Si es superior el valor real al precio medio, te ahorras algo de tributación; si es inferior el valor real al precio medio, pagas algo más de impuestos pero te evitas líos.

    Ahora bien, lo que hay que hacerlo es con cabeza. Y si digo que el valor real, la base imponible del impuesto, en definitiva, lo que he pagado por el coche, es x, no puedo presentar un contrato de compraventa diciendo que he pagado 2x. Por eso se suele recomendar firmar dos contratos de compraventa: el oficial con el precio medio, que es el que llevas a Tráfico; y el privado con el precio real, que te guardas. Y ojo con los medios de pago.

    :Amen:

     
  19. oscar 4S

    oscar 4S Soloporschista Real Estate

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    El precio medio es el de tablas? Porque no se parecen en nada. Mi coche según tablas vale 11.100€.
     
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  20. BelMa

    BelMa Administrador Miembro del Equipo

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    Hierros diversos...
    Las Tablas publican los precios de venta declarados por los fabricantes, y los valores se obtienen aplicando sobre esos precios medios unos porcentajes de depreciación anuales fijados en la propia OM, que son siempre los mismos.

    Ambos factores funcionan para el 99,9% del mercado, pero nosotros somos una excepción: por poner un ejemplo, un 911 se deprecia muchísimo menos que cualquier otro coche, y en ciertos casos, como bien sabéis, valen más o incluso mucho más del valor de nuevo en su día.

    En todo caso, no nos conviene hacer demasiado ruido sobre esto, mejor así...
     
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